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¿DESAPARECIERON LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE?

Cuando se reformó la legislación laboral en 2019 se incluyó en dicha reforma la creación de nuevas autoridades laborales como lo son los Centros de Conciliación Laboral Estatales, el Centro de Conciliación y Registro Laboral y los Juzgados Laborales Estales y Federales.


Los juicios que iniciaron su tramitación ante las Juntas Federales o Locales de Conciliación y Arbitraje serán concluidos ante dichas autoridades que SÍ continúan existiendo y prestando servicios justamente en esos procesos.


En los juicios laborales que se tramitan a partir de la reforma laboral se aplicó, serán tramitados ante Juzgados de lo laboral.

Trabajadores, beneficiarios y empleadores deberán contar con asesoría legal para acudir a los nuevos procedimientos laborales, que dan inicio con la etapa prejudicial, para luego dar paso al proceso que se desarrolla en los Juzgados. En los juicios laborales cada parte debe pagar los gastos que se le generen, así como a sus asesores legales.
Es importante recordar que los salarios vencidos siguen existiendo, tanto en los juicios que se tramiten en las Juntas de Conciliación y Arbitraje como en los Juzgados laborales, siendo este es uno de los motivos por los que, con independencia de dónde se tramite el juicio laboral, es conveniente que sea ágil y se resuelva con prontitud, dado que el pasivo contingente es importante y con cargo al patrimonio del empleador.


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